El proyecto de modificación del impuesto a las ganancias votado en la Cámara de Diputados propone un mecanismo de deducción especial que haría que el mínimo no imponible para la cuarta categoría alcance los $150 mil pesos brutos, lo que equivale a $124.500 de bolsillo. Con ello, dejarían de tributar 1.267.000 trabajadores de los 2.3 millones que lo hacen hoy en día. La cantidad de trabajadores que seguirían pagando sería de 1.033.000. Estas cifras solo se mantendrían si los salarios quedaran congelados. Como este cambio va a ser previo a las paritarias, la cantidad de asalariados que serán alcanzados por el impuesto va a volver a crecer.
La reforma al impuesto reduciría el porcentaje de trabajadores alcanzados del actual 20% al 10%. Pero, como dijimos, esa reducción es ficticia porque ese porcentaje volverá a crecer ni bien se empiecen a firmar paritarias. Este aumento del mínimo no imponible simplemente retrotrae la cantidad de trabajadores que pagan ganancia a niveles de 2015, cuando el pago de ganancias por parte de los asalariados ya era fuente de conflictividad gremial.
La actualización del impuesto seguirá regida anualmente por la variación del índice de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) del año anterior. Es decir, por el promedio de aumentos salariales obtenidos en las últimas paritarias. Hace varios años que las paritarias se firman en porcentaje menor al de la inflación. Por ello, se instauró una tendencia a que a pesar de que los salarios reales disminuyen, la cantidad de trabajadores que tributan aumenta. Esta situación va a sostenerse, dado que el mecanismo de actualización es el mismo que se impuso en 2016 y que llevó a incrementar la cantidad de contribuyentes en la cuarta categoría.
El ajuste anual del impuesto por el índice RIPTE no solo hace que se incremente la cantidad de contribuyentes entre los asalariados, sino que, combinada con los salarios reales en declive, genera que la presión tributaria sobre ellos sea cada vez más gravosa. Este año no parece que fuera a ser la excepción teniendo en cuenta que el gobierno propone una pauta salarial del 35%, mientras la inflación va a ser mayor al 45%. La actual modificación del impuesto actuará como mecanismo de coerción a los trabajadores en las negociaciones paritarias. A ello contribuye también el hecho de que no se han actualizado las escalas.
El mecanismo de actualización de las deducciones permitidas impide que la carga tributaria se alivie al ritmo de la inflación. El problema de las deducciones, al igual que el mínimo no imponible, se fue agravando desde 2013. Desde ese año hasta 2015 se no se actualizaron, lo que generó una mayor presión tributaria. En 2016 pasaron a actualizarse también por el RIPTE. Desde 2017 se eliminó la posibilidad de computar como familiares a cargo a los padres, abuelos o bisabuelos, nietos, y hermanos, entre otros. También se redujo de 24 a 18 años la edad hasta la cual podían deducirse los hijos. Además, desde 2018 solo uno de los progenitores puede computar a los hijos a cargo, o bien cada uno puede deducir el 50%. Es decir, vemos cómo además de una actualización insuficiente se fueron limitando las deducciones asociadas a las cargas familiares, que son en general las más costosas. En ese sentido, esta modificación incluye un reclamo sindical histórico que es la eximición del aguinaldo, aunque solo para los salarios por debajo del mínimo no imponible. También se agrega la posibilidad de deducir al conyugue. Como novedad, se introduce como deducción los gastos de guardería de los hijos hasta tres años de edad, con un tope anual de 67 mil pesos. Se trata de un tope por demás insuficiente, dado que, por ejemplo, en CABA, un jardín maternal privado, en jornada mínima de 3 horas, no cuesta menos de 10 mil pesos, lo que da un anual de $120 mil. Dada la gravedad de la escasez de vacantes en jardines maternales públicos en todo el país, las familias trabajadoras se ven obligadas en su mayoría a pagar una institución privada por para poder seguir trabajando, por una suma que, como mínimo, duplica el monto deducible.
Hoy en día los trabajadores solteros sin hijos pagan a partir de un sueldo neto de $74.810, mientras que alguien casados con dos hijos menores lo hace a partir de los $98.963 netos. Según los cálculos de ATE Indec, que toma los datos oficiales y pondera de forma realista los gatos básicos de una familia (como el alquiler), la canasta básica familiar se ubica en $85.590. Es decir, que hoy en día se comenzaba a pagar ganancias con un salario 15% por encima de lo necesario para sostener un hogar. Esta situación se modificaría con la reforma actual, aunque solo momentáneamente dado el avance de la inflación. Si se proyecta con las previsiones inflacionarias del BCRA (49%), obtendremos que el mínimo no imponible se va a ubicar por debajo de esa canasta familiar. Es decir, tendremos salarios que apenas superan el umbral de la pobreza pagando un impuesto destinado a los ingresos que no son salarios: las ganancias.